Comisión de Buen Gobierno

Empresarias Sevillanas, tiene creada en su estructura organizativa una Comisión de Buen Gobierno como órgano colegiado de carácter consultivo encargado, con carácter general, de velar por el cumplimiento del Código Ético y de Buen Gobierno y de los Estatutos de la organización, que tiene las siguientes facultades:



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a)

Examinar y velar por el cumplimiento del presente Código de Buen Gobierno y, en general, las reglas de buen gobierno de la Asociación.
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b)

Hacer propuestas de mejora en materia de buen gobierno, emitiendo los informes que considere oportunos, tanto de oficio como a instancia de la Junta Directiva, lo que incluye propuestas de modificación del presente Código, los Estatutos de la organización y sus normas de desarrollo.
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c)

Asesorar a los órganos de gobierno de la organización en materia de Buen Gobierno, emitiendo a tal efecto los informes que le sean requeridos o vengan establecidos en la normativa de aplicación que se desarrollase.
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d)

Emitir informe no vinculante en aquellas materias que le vengan atribuidas por los Estatutos de la Asociación de Mujeres Empresarias Hispalenses o sus normas de desarrollo reglamentario, como puede ser en materia de exclusión de miembros o en impugnaciones en cuanto al procedimiento electoral.
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e)

Cualquier otra competencia que en materia de buen gobierno no haya sido atribuida expresamente por el presente Código o por los Estatutos de la entidad a cualquier otro órgano de gobierno o a la Secretaría General.